ESCUELA
N° 4-141 ANTONIO GARBÍN
ACUERDO ESCOLAR DE CONVIVENCIA CICLO LECTIVO 2022
A los padres o tutores les corresponde:
●
Asistir periódicamente
a la escuela para conocer el trayecto escolar de su hijo. Concurrir a reuniones
y entrevistas a las que sean citados. Su presencia fortalecerá la relación
entre la institución y la familia.
●
Los padres, tutores o
curadores deben respetar los espacios físicos institucionales, anunciando su
presencia primero por preceptoría para pedir la debida autorización ya sea para
retiro del alumno, entrega de algún material al mismo y/o necesitar dialogar
con algún profesor y/o directivo.
●
Justificar por escrito
las inasistencias de su hijo/a. Cuando las inasistencias fueran por razones de
enfermedad deberán adjuntar el certificado médico correspondiente. Los
certificados de justificación de inasistencia se deberán presentar dentro de
las 48 horas desde la reincorporación del alumno. Presentados luego de ese
período no se aceptará la justificación.
●
Según el código de
Contravenciones de la Provincia de Mendoza, en el Art. 99.- Inasistencia de
alumnos menores de edad a establecimientos educativos: los padres, tutores o
curadores de alumnos menores de edad que, de manera reiterada e injustificada,
los hagan incurrir en inasistencias a los establecimientos educativos durante
el ciclo lectivo, serán sancionados con multa desde seiscientas (600) U.F. hasta
un mil quinientas (1.500) U.F. o arresto de hasta quince (15) días, o trabajo
comunitario de hasta veinte (20) días.
●
Colaborar con las
tareas de los docentes, verificando que su hijo/a presente en tiempo y forma
las actividades requeridas en cada asignatura.
●
Cooperar en la
formación de sus hijos inculcándoles hábitos y valores que les permitan
desarrollarse como un alumno responsable.
●
Velar por la
alimentación y horas de descanso necesarias para un buen aprendizaje.
●
Considerar el Art. 47
del Código de Contravenciones de la Provincia de Mendoza: ofensa personal a
trabajadores de la educación dentro del establecimiento. Si el padre o tutor,
hostiga, maltrata, menosprecia, insulta u ofende a un trabajador de la
educación dentro del establecimiento educativo sea público o privado, será
sancionado con una multa de 1500 a 3000 UF o 30 días de arresto.
●
Ante un hurto
(corroborado fehacientemente), los padres, tutores o curadores del menor
responsable deberán responder ante las autoridades (directivos, supervisión,
justicia) que lo requieran.
A los alumnos les corresponde:
●
Concurrir a la escuela
con uniforme votado democráticamente por los alumnos. El mismo es: a) jean
clásico con camisa blanca/remera blanca de la escuela – b) guardapolvo. Para las actividades de Educación Física el
uniforme es: remera gris con jogging azul. En época de verano: short 5 (cinco)
cm arriba de la rodilla con remera (no top).
●
Cuidar la higiene
personal y llevar cabello recogido, dejando el rostro despejado, evitando el uso
de gorras, viseras, pañuelos y/o accesorios (pearcing- aros- colgantes-
expansores).
●
Presentarse
puntualmente en la escuela al inicio de la jornada y en el aula cada vez que
corresponda. El estudiante sólo podrá retirarse del establecimiento antes del
horario de salida, si es retirado por el adulto responsable autorizado.
●
Mantener durante la
hora de clase conducta favorable al aprendizaje, evitando interrupciones y
salir del curso en el horario de clase.
●
Respetar a todo el
personal de la escuela empleando un lenguaje correcto y buenos modales. Evitar
toda clase de agresión física o verbal hacia adultos o pares, como así también
la difusión de imágenes y/o videos en las redes sociales u otros medios, sin
autorización de sus protagonistas. Según el código de Contravenciones de la
Provincia de Mendoza, en el Art. 50.-
Responsabilidad indirecta de los padres, tutores y curadores: cuando un alumno
menor de edad agrediere en forma personal y directa con insultos, mofas o señas,
que implicaren un agravio a personal directivo, docente y no docente de los
establecimientos educativos de gestión pública y/o privada o en contra de un
funcionario de la Dirección General de Escuelas, en razón de su cargo, y
siempre que el hecho no constituyere un delito, sus padres, tutores o curadores
serán sancionados con multa desde un mil (1.000) U.F. hasta dos mil (2.000)
U.F.; y como accesoria podrá imponerse obligaciones de conducta.
●
Cuidar las
instalaciones escolares como así también la imagen institucional. Cada grupo de
estudiantes será responsable del espacio físico y pertenencias del curso
asignado. Por lo tanto no podrán ingresar a otro curso que no sea el asignado.
●
Usar el celular sólo
ante el requerimiento de los docentes para fines pedagógicos.
●
La institución
recomienda no traer objetos de valor y/o dinero, ya que no se responsabiliza
por su robo, rotura, pérdida y/o daño ocasionado.
●
Los padres, tutores o
curadores tienen la libertad de autorizar al menor a traer dispositivos móviles
a la escuela. Pero, la misma no se responsabiliza por pérdida, rotura o daños
de los mismos.
●
Cuidar su salud y la
del prójimo, prescindiendo del uso de sustancias nocivas (alcohol, tabaco,
marihuana y otras). Concurrir a la escuela en estado óptimo para el
aprendizaje.
●
Respetar los símbolos
patrios (ceremonia de izamiento y arrío de bandera, actos escolares, Himno
Nacional Argentino, etc.)
Si no se cumple con los puntos
arriba mencionados, se hará la quita de puntos ICE correspondiente.
●
Cumplir con la
presentación de trabajos, tareas y/o materiales solicitados por los adultos.
●
Estudiar y prepararse
con anticipación ante situaciones
evaluativas.
ACERCA DE LAS FALTAS
Las faltas a
este acuerdo estarán reguladas por la Resolución 558- DGE- 2019.
Cada estudiante tendrá un puntaje
inicial de 25 puntos por ciclo lectivo. Estos son los correspondientes al
Índice de Convivencia Escolar inicial (ICE). A partir de este valor, durante el
ciclo lectivo en curso, se irán quitando puntos en consideración a las faltas
cometidas.
Las faltas se categorizan en:
LEVE, MODERADA, INTERMEDIA, GRAVE, EXTREMADAMENTE GRAVE.
Durante el tiempo de pandemia por
COVID-19 sigue vigente el presente acuerdo y las resoluciones que lo avalan.
Trasladando cada norma al ámbito virtual, tanto para docentes, familia y
alumnos.
Ampliación contextualizada a las clases no
presenciales por COVID-19
✔
A los tutores, es
importante mantener la comunicación vía WhatsApp, llamadas telefónicas o
mensajes de texto con preceptores y servicio de orientación, en horarios
acordados. Es necesario participar de las videollamadas en las que se les
solicite estar presentes.
✔
En clases no
presenciales la asistencia de estudiantes se computa por participación en el
chat del grupo y/o por devolución de tareas desde plataforma, E-mail o
WhatsApp.
✔
Es importante que la
familia cuide los tiempos de descanso y el uso de las pantallas, ya que la
virtualidad hace que se esté un mayor tiempo con ellas y no siempre se respetan
rutinas de comidas, sueño, esparcimiento y trabajo.
✔
Respetar los modos de
vinculación en los encuentros y redes (chat, videollamada, videoconferencia,
llamadas telefónicas, estado de WhatsApp, etcétera), priorizando la cordialidad
y empatía.
✔
A los padres y /o
tutores, solamente podrán hacer intervenciones en los grupos de WhatsApp de
alumnos o reuniones virtuales del grupo de estudiantes, cuando sea requerido
por el docente.
✔
Al igual que en la
presencialidad, se debe respetar la información privada de los distintos actores
escolares, que se deriva del uso de las redes sociales utilizadas con fines
pedagógicos. Código de Contravenciones de la Provincia de Mendoza, en el
Art. 50.-.
✔
Se deberá respetar el
Contrato de Convivencia Escolar.
✔
Respetar protocolo
sanitario por Covid 19 y otros estipulados para distintas emergencias, en caso
de asistir a la institución educativa.
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FIRMA ALUMNO |
FIRMA PADRE/ MADRE/ ADULTO RESPONSABLE |
FIRMA AUTORIDAD ESCOLAR Y/O PRECEPTOR. |
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