Acuerdo Escolar de Convivencia Ciclo Lectivo 2022

 

ESCUELA N° 4-141 ANTONIO GARBÍN

ACUERDO ESCOLAR DE CONVIVENCIA CICLO LECTIVO 2022

 

A los padres o  tutores les corresponde:

        Asistir periódicamente a la escuela para conocer el trayecto escolar de su hijo. Concurrir a reuniones y entrevistas a las que sean citados. Su presencia fortalecerá la relación entre la institución y la familia.

        Los padres, tutores o curadores deben respetar los espacios físicos institucionales, anunciando su presencia primero por preceptoría para pedir la debida autorización ya sea para retiro del alumno, entrega de algún material al mismo y/o necesitar dialogar con algún profesor y/o directivo.

        Justificar por escrito las inasistencias de su hijo/a. Cuando las inasistencias fueran por razones de enfermedad deberán adjuntar el certificado médico correspondiente. Los certificados de justificación de inasistencia se deberán presentar dentro de las 48 horas desde la reincorporación del alumno. Presentados luego de ese período no se aceptará la justificación.

        Según el código de Contravenciones de la Provincia de Mendoza, en el Art. 99.- Inasistencia de alumnos menores de edad a establecimientos educativos: los padres, tutores o curadores de alumnos menores de edad que, de manera reiterada e injustificada, los hagan incurrir en inasistencias a los establecimientos educativos durante el ciclo lectivo, serán sancionados con multa desde seiscientas (600) U.F. hasta un mil quinientas (1.500) U.F. o arresto de hasta quince (15) días, o trabajo comunitario de hasta veinte (20) días.

        Colaborar con las tareas de los docentes, verificando que su hijo/a presente en tiempo y forma las actividades requeridas en cada asignatura.

        Cooperar en la formación de sus hijos inculcándoles hábitos y valores que les permitan desarrollarse como un alumno responsable.

        Velar por la alimentación y horas de descanso necesarias para un buen aprendizaje.

        Considerar el Art. 47 del Código de Contravenciones de la Provincia de Mendoza: ofensa personal a trabajadores de la educación dentro del establecimiento. Si el padre o tutor, hostiga, maltrata, menosprecia, insulta u ofende a un trabajador de la educación dentro del establecimiento educativo sea público o privado, será sancionado con una multa de 1500 a 3000 UF o 30 días de arresto.

        Ante un hurto (corroborado fehacientemente), los padres, tutores o curadores del menor responsable deberán responder ante las autoridades (directivos, supervisión, justicia) que lo requieran.

 

A los alumnos les corresponde:

        Concurrir a la escuela con uniforme votado democráticamente por los alumnos. El mismo es: a) jean clásico con camisa blanca/remera blanca de la escuela – b) guardapolvo.  Para las actividades de Educación Física el uniforme es: remera gris con jogging azul. En época de verano: short 5 (cinco) cm arriba de la rodilla con remera (no top).

        Cuidar la higiene personal y llevar cabello recogido, dejando el rostro despejado, evitando el uso de gorras, viseras, pañuelos y/o accesorios (pearcing- aros- colgantes- expansores).

        Presentarse puntualmente en la escuela al inicio de la jornada y en el aula cada vez que corresponda. El estudiante sólo podrá retirarse del establecimiento antes del horario de salida, si es retirado por el adulto responsable autorizado.

        Mantener durante la hora de clase conducta favorable al aprendizaje, evitando interrupciones y salir del curso en el horario de clase.

        Respetar a todo el personal de la escuela empleando un lenguaje correcto y buenos modales. Evitar toda clase de agresión física o verbal hacia adultos o pares, como así también la difusión de imágenes y/o videos en las redes sociales u otros medios, sin autorización de sus protagonistas. Según el código de Contravenciones de la Provincia de Mendoza, en el Art.  50.- Responsabilidad indirecta de los padres, tutores y curadores: cuando un alumno menor de edad agrediere en forma personal y directa con insultos, mofas o señas, que implicaren un agravio a personal directivo, docente y no docente de los establecimientos educativos de gestión pública y/o privada o en contra de un funcionario de la Dirección General de Escuelas, en razón de su cargo, y siempre que el hecho no constituyere un delito, sus padres, tutores o curadores serán sancionados con multa desde un mil (1.000) U.F. hasta dos mil (2.000) U.F.; y como accesoria podrá imponerse obligaciones de conducta.

        Cuidar las instalaciones escolares como así también la imagen institucional. Cada grupo de estudiantes será responsable del espacio físico y pertenencias del curso asignado. Por lo tanto no podrán ingresar a otro curso que no sea el asignado.

        Usar el celular sólo ante el requerimiento de los docentes para fines pedagógicos.

        La institución recomienda no traer objetos de valor y/o dinero, ya que no se responsabiliza por su robo, rotura, pérdida y/o daño ocasionado.

        Los padres, tutores o curadores tienen la libertad de autorizar al menor a traer dispositivos móviles a la escuela. Pero, la misma no se responsabiliza por pérdida, rotura o daños de los mismos.

        Cuidar su salud y la del prójimo, prescindiendo del uso de sustancias nocivas (alcohol, tabaco, marihuana y otras). Concurrir a la escuela en estado óptimo para el aprendizaje.

        Respetar los símbolos patrios (ceremonia de izamiento y arrío de bandera, actos escolares, Himno Nacional Argentino, etc.)

Si no se cumple con los puntos arriba mencionados, se hará la quita de puntos ICE correspondiente.

        Cumplir con la presentación de trabajos, tareas y/o materiales solicitados por los adultos.

        Estudiar y prepararse con anticipación  ante situaciones evaluativas.

 

ACERCA DE LAS FALTAS

Las faltas a este acuerdo estarán reguladas por la Resolución 558- DGE- 2019.

Cada estudiante tendrá un puntaje inicial de 25 puntos por ciclo lectivo. Estos son los correspondientes al Índice de Convivencia Escolar inicial (ICE). A partir de este valor, durante el ciclo lectivo en curso, se irán quitando puntos en consideración a las faltas cometidas.

Las faltas se categorizan en: LEVE, MODERADA, INTERMEDIA, GRAVE, EXTREMADAMENTE GRAVE.

Durante el tiempo de pandemia por COVID-19 sigue vigente el presente acuerdo y las resoluciones que lo avalan. Trasladando cada norma al ámbito virtual, tanto para docentes, familia y alumnos.

Ampliación contextualizada a las clases no presenciales por COVID-19

      A los tutores, es importante mantener la comunicación vía WhatsApp, llamadas telefónicas o mensajes de texto con preceptores y servicio de orientación, en horarios acordados. Es necesario participar de las videollamadas en las que se les solicite estar presentes.

      En clases no presenciales la asistencia de estudiantes se computa por participación en el chat del grupo y/o por devolución de tareas desde plataforma, E-mail o WhatsApp.

      Es importante que la familia cuide los tiempos de descanso y el uso de las pantallas, ya que la virtualidad hace que se esté un mayor tiempo con ellas y no siempre se respetan rutinas de comidas, sueño, esparcimiento y trabajo.

      Respetar los modos de vinculación en los encuentros y redes (chat, videollamada, videoconferencia, llamadas telefónicas, estado de WhatsApp, etcétera), priorizando la cordialidad y empatía.

      A los padres y /o tutores, solamente podrán hacer intervenciones en los grupos de WhatsApp de alumnos o reuniones virtuales del grupo de estudiantes, cuando sea requerido por el docente.

      Al igual que en la presencialidad, se debe respetar la información privada de los distintos actores escolares, que se deriva del uso de las redes sociales utilizadas con fines pedagógicos. Código de Contravenciones de la Provincia de Mendoza, en el Art.  50.-.

      Se deberá respetar el Contrato de Convivencia Escolar.

      Respetar protocolo sanitario por Covid 19 y otros estipulados para distintas emergencias, en caso de asistir a la institución educativa.

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FIRMA ALUMNO

FIRMA PADRE/ MADRE/ ADULTO RESPONSABLE

FIRMA AUTORIDAD ESCOLAR Y/O PRECEPTOR.

 

 

 

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Acuerdos escolar de  convivencia ciclo lectivo 2022

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